El pago de las contribuciones: en parcialidades o diferido

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Las personas físicas y jurídicas pueden pagar los impuestos a plazos o de forma diferida, con las siguientes excepciones: los impuestos retenidos, transferidos o recaudados; los impuestos que debieron pagarse en el año natural en curso; los impuestos que debieron pagarse en los seis meses anteriores al mes en que se solicita la autorización de pago a plazos o diferido; y los impuestos sujetos a sanciones e intereses.

El pago de las contribuciones: en parcialidades o diferido

En realidad, usted puede pagar sus propias contribuciones hasta en 36 cuotas de una suma determinada o hacer un solo pago en un período de un año a partir del día en que se acepte su solicitud..

Trámite:

Presentación de una solicitud debidamente cumplimentada de autorización de pago de deudas a plazos o de aplazamiento de los pagos (Expediente Formulario 103/C.F.F.) (Recaudación de Impuestos/Oficina de Recaudación Descentralizada).

  • Presentación de los materiales de la solicitud complementaria.
  • Deberá realizar un pago inicial equivalente al menos al 20% del importe total adeudado.
  • Si la resolución es favorable, se le entregarán los Formularios de Contribución Federal necesarios para realizar los pagos.

Oportunidad:

  • Una vez aceptado el crédito, la solicitud puede presentarse en cualquier momento. Los créditos fiscales se consideran obligaciones determinadas por la administración tributaria.
  • En el caso de las deudas autodefinidas, la solicitud debe presentarse dentro de los quince días siguientes al primer pago, según lo estipulado en la declaración de impuestos, y debe contener los bienes y las cantidades que se desean aplazar o parcializar.
  • Si está sujeto a las facultades de comprobación, puede comunicar a la Administración tributaria que desea obtener la autorización de fraccionamiento o aplazamiento durante el proceso de comprobación, y la Administración tributaria le comunicará el importe que debe corregir. Si está exento de las facultades de comprobación, está exento de esta obligación.

VENTAJAS

Debido al riesgo de que las autoridades fiscales intenten recuperar los créditos fiscales que no están protegidos o garantizados por el artículo 145 del Código de Impuestos Internos, debe estar preparado (en cuyo caso se le exigirá que pague o se le embargarán los bienes hasta que la deuda esté debidamente garantizada). En esta situación, usted debe pagar o arriesgarse a que sus bienes sean confiscados hasta que la deuda sea debidamente garantizada.

El artículo 65 del Código Fiscal de la Federación estipula que las autoridades fiscales tienen un plazo general de cinco años para determinar los impuestos y accesorios omitidos (liquidación administrativa, recargos y multas). Este plazo se utiliza para determinar las cuotas administrativas, los recargos y las multas. En consecuencia, usted corre el riesgo de ser sometido al ejercicio de las autoridades de comprobación en cualquier momento si no paga el impuesto omitido dentro del plazo señalado (lo que de por sí implicará el pago de asesoría legal en materia fiscal).

IMPORTANTE

Debe realizar los pagos en las cantidades aprobadas y en las fechas autorizadas; si no lo hace, la autoridad fiscal puede solicitar el pago del saldo pendiente por vía administrativa. Debe pagar el saldo pendiente de los impuestos omitidos de acuerdo con la sección 17-A del Código de Impuestos Internos, así como los recargos correspondientes.

Aplazo dinero en efectivo

El aplazo dinero en efectivo es una modalidad de pago que permite diferir el pago de una deuda mediante el desembolso de dinero en efectivo. Esta opción es comúnmente utilizada por las personas que no cuentan con la liquidez necesaria para pagar una deuda de forma inmediata.

Al aplazar el dinero en efectivo, el deudor se compromete a pagar la deuda en un plazo acordado con el acreedor. Durante ese tiempo, el deudor puede utilizar el dinero en efectivo para hacer frente a otras necesidades financieras, mientras que el acreedor recibe un pago parcial o diferido del monto total adeudado.

Esta modalidad de pago puede ser beneficiosa tanto para el deudor como para el acreedor. Por un lado, el deudor puede evitar incurrir en deudas adicionales o incurrir en intereses elevados al no contar con el dinero necesario para pagar la deuda de forma inmediata. Por otro lado, el acreedor puede recibir al menos parte del monto adeudado en lugar de no recibir ningún pago.

Sin embargo, es importante tener en cuenta que el aplazo dinero en efectivo puede implicar el pago de intereses o comisiones adicionales por parte del deudor. Estos costos adicionales pueden variar dependiendo de la entidad financiera o acreedor con el que se realice el aplazo. Por lo tanto, es fundamental leer detenidamente los términos y condiciones antes de optar por esta modalidad de pago.

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